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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

C.C.P.

 

Al ser un Centro de menos de 12 unidades las funciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica las asume el Claustro de Profesores. Sus competencias son las siguientes:

a) Establecer las directrices generales para la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa.

b) Coordinar la elaboración de los Proyectos curriculares de etapa y su posible modificación.

c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del Plan de acción tutorial, y elevar al Consejo Escolar una memoria sobre su funcionamiento al final del curso.

d) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.

e) Asegurar la coherencia entre el Proyecto educativo de centro, los Proyectos curriculares de etapa y la Programación General anual.

f) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los Proyectos curriculares de etapa.

g) Proponer la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con el Director. Sus reuniones coincidirán con las del Claustro.